Regulación

  • El artículo 170 de los mencionados Estatutos establece que ”la elaboración y aprobación del Reglamento Orgánico del Defensor Universitario corresponde al Claustro”. Dicho Reglamento fue aprobado en sesión del Claustro Universitario de 23 de Febrero de 2006, pudiendo consultarse en el siguiente enlace: